Inicio > NOTICIAS El Consejo Audiovisual abre un período de consultas sobre la publicidad de Contactos Sexuales en Televisión
03/08/2009 13:29
Ultima una instrucción para limitar en Andalucía la abundante oferta de telechats que ofrecen o demandan relaciones íntimas
El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha abierto un periodo de consultas sobre la
instrucción que está preparando para limitar la abundante oferta en televisiones locales de
telechats y de publicidad ofreciendo o demandando contactos personales y sexuales. La iniciativa se
ha adoptado tras constatar la creciente difusión de este tipo de publicidad a través de servicios
de tarificación adicional (números 803 y 806) y de mensajes sms insertados en la
programación.
El CAA considera que la ausencia de regulación expresa, la indefinición jurídica de dichos
contenidos televisivos y la protección de un derecho fundamental como el de la libertad de
expresión no pueden suponer que estas prácticas –que constituyen una importante fuente de ingresos
para las televisiones y las empresas de telecomunicaciones- queden al margen de los límites que
establece la legislación española y comunitaria para proteger a los telespectadores, especialmente
a los menores de edad.
La difusión en televisión de mensajes cortos de textos enviados a través de de servicios de
tarificación adicional (SMS) y la oferta de múltiples servicios mediante teléfonos de tarificación
adicional es una práctica creciente y no exenta de controversia que, según el CAA, requiere un
importante esfuerzo de coordinación y control para proteger los derechos de los consumidores y
usuarios en general y, en particular, de los colectivos más vulnerables, como pueden ser los
menores, personas de avanzada edad y personas con discapacidades. A menudo, resulta difícil
distinguir el carácter comercial de esta comunicación y diferenciarla de otros servicios gratuitos
que puede ofrecer la televisión para propiciar la participación.
Apelando a la jurisprudencia comunitaria de obligada observancia para los Estados miembros, el
CAA sostiene que los programas que incluyen publicidad o chats a través de sms responden al
concepto de televenta y están, por tanto, sujetos a las limitaciones que establece la Ley de
Televisión sin Fronteras sobre tiempo de emisión y la obligatoriedad de su identificación.
El Consejo ha remitido ya la instrucción a instituciones como el Defensor del Menor, Consejo
Andaluz de Menores y Consejo de Consumidores y Usuarios de Andalucía; a asociaciones empresariales
del sector audiovisual y asociaciones ciudadanas para que puedan realizar sugerencias y
alegaciones previas a su aprobación definitiva, el próximo mes de octubre.
La finalidad de la instrucción es fijar pautas de comportamiento y sentar criterios objetivos
que orienten a los operadores sujetos al ámbito de actuación del Consejo, a la vista de la
dispersión, fragmentación e indeterminación que caracteriza la legislación del sector audiovisual y
la ausencia de normas de regulación y de autorregulación en lo referente a la publicidad de
contactos personales y servicios sexuales.
En los últimos meses, el Consejo andaluz ha abierto más de 30 expedientes a operadores de
televisión que emitían publicidad y telechats de servicios sexuales y de prostitución en horario
infantil, entre las 6 y las 22 horas. Las sanciones por esta infracción pueden alcanzar los 300.000
euros.
En su instrucción, el CAA advierte que la contravención de los requisitos exigidos para la emisión de televenta puede conllevar también la apertura de expedientes sancionadores por infracción grave fuera de dicha franja horaria. Recuerda asimismo que el Parlamento Europeo exigió ya en el año 1997 la prohibición de la publicidad de productos pornográficos y que el Parlamento Español solicitó en 2007 a los medios de comunicación que renunciaran a la publicidad de servicios sexuales y de prostitución.